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Registros Sanitarios en El Salvador - Centro América

Cambiar a: Alimentos y Bebidas Productos Farmacéuticos Productos Cosméticos

Registro Sanitario de Productos Alimenticios en El Salvador

Registro Sanitario de Bebidas en El Salvador

Requisitos para iniciar el trámite de registro y/o renovación de productos alimenticios y de bebidas:

Servicios Legales:

Registro de Marcas
Documentos Legales
Asesores en Materia Tributaria
Constitución de Sociedades en El Salvador
Asesoría y Consultoría
Registros Sanitarios en El Salvador
Asesoría en material laboral
Abogados y Juicios de Familia en El Salvador
  1. Poder a nombre del profesional químico farmacéutico responsable

  2. Original de NIT de la empresa y NIT del Representante Legal de la empresa

  3. Presentar en original para efectos de verificación de datos: NIT de la Empresa y NIT del Representante Legal de la Empresa

  4. Composición cualicuantitativa del producto:
  5. El listado de ingredientes deberá presentarlo en orden decreciente de acuerdo a la formulación del alimento. Se deberán presentar dos originales de la fórmula cualicuantitativa, una se incorporará en el expediente y la otra se presenta en el laboratorio al momento de entregar las muestras. La fórmula deberá estar firmada por el profesional responsable de la formulación.

    Para aquellos productos en los que se dificulta obtener la fórmula de composición, se permitirá que transcriban de la etiqueta los ingredientes, la trascripción debe ser firmada por la persona que la realice.

    Etiquetas. Deberán presentar dos etiquetas originales para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Norma Salvadoreña Obligatoria: Norma General para el etiquetado de los alimentos preenvasados NSO 67.10.01:03

    En aquellos casos que la etiqueta original no se encuentre en idioma castellano, debe de anexarse etiqueta complementaria, la cual debe incluir: nombre del producto, listado de ingredientes, nombre del fabricante, importador y/o distribuidor, según corresponda, número de registro sanitario y fecha de vencimiento, en caso necesario instrucciones de uso.

  6. Certificado de Libre Venta, extendido por las autoridades de salud competentes del país exportador

    • En el caso de productos fabricados en Estados Unidos de Norte América, debe presentar el Certificado de Libre Venta emitido por el Organismo Oficial.

    • Cuando el idioma del Certificado de Libre Venta, no sea el castellano, debe presentarse la debida traducción del documento con su respectiva diligencia de traducción ante un notario salvadoreño.

    •  Para el caso de productos comercializados en Estados Unidos originarios de otros países, se debe presentar el Certificado de Libre Venta emitido por el Organismo Oficial, en el que conste la autorización para la distribución y comercialización del producto o productos y que son aptos para el consumo humano.

    • En el caso de que el CLV contenga un listado de varios productos, el original del mismo se colocará en uno de los expedientes y en el resto de expedientes se colocará la fotocopia..

  7. Licencia de funcionamiento de la Bodega.
  8. Deberá presentar copia del permiso de funcionamiento de la bodega en la que almacenará los productos, extendida por la Unidad de Salud más cercana; en caso no disponga de bodega deberá comunicarlo por escrito manifestando cual es el mecanismo de comercialización.

    Así también cuando la empresa alquile la bodega, debe presentar constancia emitida por el arrendatario de la misma y la licencia de funcionamiento de la Unidad de Salud.  A cada expediente debe anexarle copia del permiso antes relacionado y presentar el original para efectos de cotejar con la copia.

  9. Identificación y caracterización del producto
  10. Nombre del país en donde es fabricado el producto. Nombre del producto: especificar el nombre del producto: Refrescos, Galletas, Dulces, Leche, Queso, etc. Marca comercial del producto: la marca comercial que de acuerdo al Registro de Comercio le hayan asignado. Material del que está fabricado el envase: describir el material con que se ha fabricado el envase que esta en contacto directo con el alimento.

    Contenido neto y peso escurrido por presentación: Deberá declararse el contenido neto en unidades del sistema métrico (Sistema Internacional). El contenido neto deberá declararse de la siguiente forma:

      En volumen, para los alimentos líquidos (lts, mililitros)

      En masa, para los alimentos sólidos (kgs., gms.)

      En masa o volumen, para los alimentos semisólidos o viscosos. Además de la declaración del contenido neto, en los alimentos envasados en un medio líquido deberá indicarse en unidades del Sistema Métrico Internacional la masa escurrida del alimento

  11. Muestras de los productos

    Deberá presentar cuatro muestras de cada producto de la siguiente manera:·

    • Muestras de alimentos sólidos 200 gramos cada una.
    • Muestras de alimentos líquidos: 200 mililitros cada una.

    Las muestras deben presentarlas en envases originales debidamente sellados.

    Nota: Para el caso de empresas fabricantes que registren los productos y autoricen a empresas nacionales para que importen y comercialicen sus productos registrados; éstas deberán notificar al Ministerio de Salud mediante escrito en el cual requieran se les autorice el uso de la leyenda “REGISTRO No. _________________ DIRECCION GENERAL DE SALUD, EL SALVADOR, C.A.” al momento de hacer el trámite de registro sanitario.

    La duración del trámite de este tipo de registro es de aproximadamente 60 días siempre que los documentos y muestras estén completos

Honorarios Profesionales USD 300
Pago de Análisis en Laboratorio USD 110
Derecho de Registro USD 35
Total a cancelar por producto USD 445

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